setiembre 2011

DERECHOS DE LOS USUARIOS DE TELECOMUNICACIONES
Descripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gifEn la actualidad, los servicios de telecomunicaciones son una herramienta de soporte indispensable para la operación de cualquier actividad económica y por ello resulta vital conocer cuáles son los derechos garantizados en el ordenamiento jurídico, porque de ello depende en parte la continuidad del negocio.

Sobre el particular, la Ley General de Telecomunicaciones (Ley N° 8642 de 30 de junio del 2008) tiene por objeto establecer el ámbito y los mecanismos de regulación de las telecomunicaciones, que comprende el uso y la explotación de las redes y la prestación de los servicios de telecomunicaciones.

En ese sentido, la prestación de servicios de telecomunicaciones por parte de operadores y proveedores, conlleva a la creación de un régimen de protección para los clientes y usuarios de dichos servicios, regulado en la Ley N° 8642 y el Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones.

La ley y el reglamento establecen las normas técnicas, económicas y jurídicas aplicables a las relaciones que surjan entre los operadores de redes públicas y los proveedores de servicios disponibles al público con sus clientes y usuarios.

Entre los derechos y garantías más importantes con los que cuenta el cliente o usuario encontramos los siguientes:

Deber de Información: Los operadores de redes y proveedores de servicios de telecomunicaciones están obligados a garantizar a sus clientes y usuarios, previo al establecimiento de la relación contractual, el suministro de información clara, veraz, suficiente y precisa relativa a las condiciones específicas de prestación del servicio, niveles de calidad de los mismos y las tarifas asociadas, los cuales deberán establecerse en el respectivo contrato de adhesión.

Libertad de Elección del Operador o Proveedor: El cliente o usuario podrá elegir libremente entre operadores y proveedores que brinden servicios en el territorio nacional.

Acceso a las Redes o Plataformas de los distintos Operadores o Proveedores: Los clientes y usuarios tendrán derecho a acceder en iguales condiciones a cualquiera de las redes o plataformas de los operadores o proveedores interconectados.

Interposición de Reclamaciones ante el Operador o Proveedor: Los operadores y proveedores deberán garantizar la atención eficiente y gratuita de las reclamaciones que presten los usuarios por deterioro en la calidad del servicio, cobros indebidos, violación a la intimidad y derechos del usuario final.

En un mercado abierto de telecomunicaciones, priva la garantía a favor de los clientes,no solo de optar por la mejor oferta de servicios, sino que también existe el derecho de recibir los niveles de calidad ofrecidos en la forma y los tiempos contratados.


Cualquier consulta sobre el tema por favor contáctenos a info@lawfirmcr.com

AGOSTO 2011

Apertura Del Mercado De Telefonía Celular En Costa Rica
Descripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gifEl Estado costarricense culminó con éxito un proceso de licitación pública internacional cuyo objeto era la concesión de tres bloques de frecuencias radioeléctricas para desarrollar redes de telefonía celular. El proceso inició formalmente el pasado 31 de agosto del 2010, mediante la invitación a participar en el concurso realizada por la SUTEL (Superintendencia de Telecomunicaciones) y fue adjudicado firme a finales del mes de enero del 2011 y los Contratos de Concesión debidamente formalizados en el mes de mayo pasado.

La adjudicación recayó sobre las subsidiarias locales de las multinacionales América Móvil (que opera los servicios móviles en América Latina bajo la marca CLARO®) y Telefónica de España  (que opera los servicios móviles en América Latina bajo la marca Movistar®). Estas empresas, desde la adjudicación en firme de las concesiones indicadas, han cumplido con el proceso de formalización del contrato de concesión y otros requisitos de la regulación local, culminando el proceso con la aprobación de dichos contratos de concesión por parte de la Contraloría General de la República el pasado 22 de junio del 2011.  El plazo de las concesiones otorgadas es de 15 años, con opción a ser renovadas de acuerdo con la legislación aplicable, y comenzó a regir desde el pasado 14 de julio.

En este momento, ambas concesionarias trabajan intensamente en el despliegue de sus nuevas redes, con la intención de brindar servicio celular de avanzada lo antes posible a los usuarios costarricenses, ampliando así la oferta de servicios que hasta hoy controla el operador estatal ICE.

Soley, Saborío & Asociados, por medio de sus áreas de práctica en Derecho de las Telecomunicaciones , Regulatorio y Contratación Administrativa, participó con América Móvil (CLARO) en este importante proceso, brindándole todos los servicios legales necesarios para culminar con éxito la adjudicación y su posterior formalización contractual de la concesión de espectro radioeléctrico. Nos enorgullece haber sido parte de este proceso, no sólo por colaborar con una empresa de amplia y reconocida trayectoria internacional, sino por haber tenido la gran oportunidad de participar en nueva etapa del desarrollo nacional que, sin duda, marcará el inicio de la efectiva apertura del mercado de telecomunicaciones en Costa Rica, activando con recursos nuevos la economía local y mejorando la competitividad de los sectores productivos. Elías Soley Gutiérrez (esoley@lawfirmcr.com) dirigió  al equipo de abogados  que colaboraron en esta tarea.

Sobre América Móvil (AMX) http://www.americamovil.com/amx/es/:

América Móvil, dueño de la marca CLARO, es el tercer operador de telefonía móvil más grande del mundo por suscriptores proporcionales y el primero en América Latina; está presente en 19 países, cuenta con más de 211 millones de suscriptores y reporta ingresos anuales superiores a 30 mil millones de dólares. Durante los últimos dos años ha establecido una plataforma común de tecnología 3G en América Latina.  



Cualquier consulta sobre el tema por favor contáctenos a info@lawfirmcr.com

JULIO 2011

Entrega Especial NoticiosaDescripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gif

San José seleccionada como una de las 10 mejores ciudades de América para la Inversión Extranjera

Descripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gif Expertos del departamento de investigación de “FDI Intelligence” división de análisis del prestigioso grupo editorial Financial Times, opinan que San José cuenta con una de las mejores condiciones de la región Latinoamericana para captar inversiones y propiciar el crecimiento de los negocios.

San José, Costa Rica, 4 de julio de 2011: El Departamento de Inteligencia e Investigación especializada en Inversión Extranjera Directa del prestigioso grupo editorial Financial Times: “FDI Intelligence”, seleccionó a San José como una de las diez ciudades Latinoamericanas del futuro para los inversionistas extranjeros, gracias a sus competitivas condiciones para propiciar el establecimiento y crecimiento de los negocios.

Ésta es la primera ocasión en la que la FDI Intelligence realiza el índice denominado “Ciudades americanas del futuro para la inversión”, para lo cual llevó a cabo un análisis comparativo de alrededor de 405 locaciones del continente, creando sub categorías específicas según regiones. Este grupo de analistas es reconocido también por su certamen “Países del futuro para la Inversión” en el cual Costa Rica ha sido señalada en repetidas ocasiones como uno de los destinos más competitivos del Continente.

Las líderes de LatinoamÉrica

De acuerdo con la FDI Intelligence, los primeros cinco lugares del índice para Latinoamérica fueron ocupados por Santiago de Chile; Lima, Perú; Monterrey, México; Bogotá, Colombia; y San José, Costa Rica, respectivamente. “Ciertamente las condiciones para hacer negocios del país, fueron analizadas a profundidad por este grupo de expertos especializados en el tema de la inversión, por lo que el nombramiento como uno de los líderes de la región latinoamericana y del continente, es muy importante.

Asimismo, las ciudades contra las que fuimos comparadas son significativamente más grandes por lo que, se evidencia que competimos adecuada y exitosamente contra economías y locaciones de escala y tradición en el tema” indicó el Director de Promoción de la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE), Irving Soto.

Asimismo, los analistas realizaron como parte del análisis el comparativo de otras ciudades diferentes a la capital de cada país. En este apartado Alajuela, Heredia y Santa Ana, fueron señaladas como las de mejor eficiencia (considerada como una combinación de costo y calidad) para los inversionistas extranjeros.

 

 

TOP 10 LATIN AMERICA CITIES OF THE FUTURE 2010711
RANK CITY STATE COUNTRY
1 Santiago Santiago Chile
2 Lima Lima Perú
3 Monterrey Nuevo Leon México
4 Bogotá Capital District Colombia
5 San José San José Costa Rica
6 Guadalajara Jalisco México
7 Querétaro Querétaro México
8 Barranquilla Atlántico Colombia
9 Hermosillo Sonora México
19 Saö Paulo Saö Paulo Brazil

“Estas tres áreas son las que concentran la mayor cantidad de parques de zona franca y por ende de operaciones de empresas multinacionales en Costa Rica por lo que fueron consideradas como ejemplos competitivos dentro del estudio” agregó Soto.

De acuerdo con datos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) el país captó en 2010 US$1450 millones en IED superando la meta establecida en un 12% (US$150 millones). Para el 2011, Costa Rica espera captar alrededor de US$1850 millones.

Acerca del ranking American Cities of the Future 2011/12

Descripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gifEl análisis contempló 405 ciudades americanas, estudiando tanto datos duros como considerando la opinión de un panel de expertos internacionales en el tema.

Descripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gifLa información se analizó en seis categorías específicas: potencial económico, recursos humanos, eficiencia de costos, calidad de vida, infraestructura y apertura a los negocios.

Descripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gifEn esta ocasión se consideró una séptima categoría denominada: estrategia de promoción de la inversión.

Descripción: http://lawfirmcr.com/images/hojita(1).gifLos resultados totales del reporte pueden accederse en www.fDiIntelligence.com

 

TOP 10 MICRO CITIES COST EFFECTIVENESS
RANK CITY STATE COUNTRY
1 Alajuela Alajuela Costa Rica
2 Heredia Heredia Costa Rica
3 Santa Ana San José Costa Rica
4 Campana Argentina Argentina
5 Kamloops British Columbia Canada
6 Chatham Ontario Canada
7 Ajax Ontario Canada
8 Niagara Falls Ontario Canada
9 Brantford Ontario Canada
19 Wooster Ohio US
Información tomada de página de CINDE.
Cualquier consulta sobre el tema por favor contáctenos a info@lawfirmcr.com
JUNIO 2011

NUEVA REGULACION QUE AGILIZARÁ REGISTROS SANITARIOS
DE EQUIPO Y MATERIAL BIOMEDICO

El 9 de junio del presente año el Ministerio de Salud suscribió formalmente la resolución positiva de “Reconocimiento de Equivalencia del  Sistema de Registro y Control de Equipo y Material Biomédico de la Oficina de Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) de los Estados Unidos de América” número DM-F-1518-2011.

Con esta nueva normativa se agilizará el proceso de registro sanitario de dispositivos médicos en el país, (EMB), siendo que  para obtener el registro sanitario en Costa Rica de los EMB registrados ante la FDA será únicamente necesario presentar el Certificado de Gobierno Extranjero (Certificate to Foreing  Government) en el que se compruebe que el EMB cumple con la normativa vigente en los Estados Unidos aplicable a esta materia.

Lo anterior, garantiza un mayor acceso de los EMB a las personas que lo requieren,  con la garantía de que el producto que consume es seguro y eficaz. De manera adicional esta resolución incentiva el comercio de estos productos en Costa Rica,  ya que facilita el registro de los mismos,  acorta los tiempos inscripción y reduce la cantidad de requisitos que deben ser aportados según la clase a que corresponda, de manera que el Ministerio de Salud no tendrá que evaluar si los EMB registrados en la FDA son seguros y eficaces, sino  nada más verificar el cumplimiento de los requerimientos formales.

Finalmente, la resolución de homologación solo podrá revocarse cuando exista evidencia de que la regulación del país exportador se ha modificado o no cumple con los objetivos establecidos en nuestro país. Asimismo, si existen fallas y/o alertas nacionales o internacionales sobre los EMB exportados por el país cuyo sistema de registro y control ha sido reconocido como equivalente, el Ministerio de Salud podrá en forma inmediata revocarlo.

Cualquier consulta sobre el tema por favor contáctenos a info@lawfirmcr.com

abril 2011

NUEVO ASOCIADO

Es un placer anunciarles que el Lic. Javier Pacheco ha pasado a formar parte de nuestro equipo de abogados  como  asociado de nuestra Firma y   nos dará soporte en las áreas de Derecho Corporativo, Derecho Comercial, Bienes Raíces, Fusiones y Adquisiciones. El Abogado Pacheco  tiene una licenciatura en Derecho y cuenta con más de 11 años de experiencia en Práctica Privada. Si usted necesita más información sobre nuestras áreas de práctica, por favor envíenos su correo electrónico a nuestra dirección principal info@lawfirmcr.com

Marzo 2011

COSTA RICA SE ADHIERE AL APOSTILLAMIENTO

El pasado 8 de febrero se publicó en el periódico oficial "La Gaceta" la Ley N° 8923 que aprueba la Adhesión de Costa Rica a la "Convención para la Eliminación del Requisito de Legalización para los Documentos Públicos Extranjeros", con lo que el proceso de validación de documentos públicos ejecutados en el territorio de un Estado Parte de la Convención quedará dispensado del trámite de legalización consular, aceptándose en su lugar el trámite del "apostillamiento".

El proceso de apostillamiento consiste en certificar la autenticidad de la firma que consta en el documento público, la calidad con que ha actuado el firmante y, cuando aplique, la identidad del sello o timbre que lleva el documento.

De conformidad con las disposiciones de esta nueva ley, se pueden apostillar los documentos provenientes de una autoridad o de un oficial de las Cortes o Tribunales de Justicia, documentos administrativos, actas notariales, certificaciones oficiales. No aplica éste procedimiento para documentos ejecutados por agentes consulares y/o diplomáticos y a documentos administrativos que traten directamente con operaciones comerciales o aduanales.

El Departamento de Autenticaciones de la Dirección General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto será la autoridad competente para expedir la apostilla, que consiste en un certificado que se agregará al mismo documento o por medio de una extensión de éste. Se espera que para enero del 2012 se haya n completado todos los pasos necesarios para poder implementar y tener operativo en Costa Rica el sistema de apostillamiento regulado por esta Convención. Lo anterior, una vez que se cumpla con el procedimiento internacional legal que prosigue a la publicación de la Ley en comentario.

Actualmente existen 91 miembros de la Convención de la Apostilla, por lo que la Adhesión a esta Convención por parte de Costa Rica, trae consigo beneficios tales como, la simplificación del proceso de validación de documentos, por cuanto se eliminan las legalizaciones por medio de terceros países para aquellos casos en que no existen representaciones consulares diplomáticas acreditadas en el país de origen, no deben presentarse los documentos públicos ante el consulado del país de origen y finalmente no deben cancelarse los derechos consulares, volviendo el proceso mucho más expedito y menos oneroso, todo sin sacrificar el principio de seguridad jurídica de los documentos públicos emitidos por los Estados contratantes.

Si requieren información adicional o aclarar alguna duda sobre el contenido de este boletín, por favor no duden en contactarnos info@lawfirmcr.com

ENERO 2011

DefiniciÓn de Sectores EstraTÉgicos

Con el objetivo de dar contenido regulatorio a las  modificaciones efectuadas  a la Ley del Régimen de Zona Franca la Comisión Especial para la Definición de Sectores Estratégicos celebró el 12 de noviembre una Sesión Extraordinaria en la cual definieron dichos Sectores Estratégicos. Consecuentemente, la citada Comisión acordó definir como Sectores Estratégicos los siguientes:
 
1. Proyectos en que la empresa emplea anualmente al menos 200 trabajadores en promedio, debidamente reportados en planilla, a partir de la fecha de inicio de operaciones productivas.                            
2. Proyectos en determinadas industrias.
3. Proyectos en que la empresa destina al menos el equivalente al 0.5% de sus ventas a gastos de investigación y desarrollo, en su operación local.
4. Proyectos en que la empresa cuenta para su operación local al menos una de las siguientes certificaciones:
    a- ISO 14001 (14004) o equivalente.
    b- LEED o equivalente.
                                                                                                           
El cumplimiento de uno solo de los parámetros  indicados será suficiente para que el proyecto se considere dentro de un Sector Estratégico y, de esa forma, se pueda calificar para la nueva categoría de beneficiario del régimen de Zonas Francas. Esta definición de Sectores Estratégicos es muy relevante para dar seguridad jurídica no sólo a las nuevas inversiones que se atraigan al  país , sino también porque permitirán a las empresas que actualmente  disfrutan de los beneficios del régimen como empresas de “manufactura”, para que programen su migración a la nueva categoría integrada por los Sectores Estratégicos.
 
En caso de requerir mayor información sobre este tema, por favor contactarnos a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com

Diciembre 2010

DERECHO DE COMPETENCIA Y DEFENSA DEL  CONSUMIDOR

Soley, Saborío & Asociados ha incorporado a su portafolio de servicios la práctica de Derecho de Competencia y Defensa del Consumidor
 
El equipo de abogados que practica el Derecho de Competencia y Defensa del Consumidor de Soley, Saborío & Asociados, ha desarrollado una vasta experiencia y especialización en este campo, y ha representado y asesorado tanto a nivel de aplicación e interpretación de las Leyes de Competencia, como en actuaciones ante las autoridades de Competencia, a importantes agentes económicos que se desempeñan, entre otros, en los mercados de telecomunicaciones, hidrocarburos, televisión, bebidas, alimentos, gases industriales, y electrónica.
 
Además de asesorar a los clientes en cuanto a la aplicación de la normativa de Competencia y como prevenir o sancionar la ejecución de  prácticas anticompetitivas y restrictivas de la libre competencia, participa profesionalmente en la representación de clientes ante la Agencia de Competencia (denominada COPROCOM o “Comisión para la Promoción de la Competencia) y las instancias jurisdiccionales competentes.
 
En caso de requerir mayor información sobre esta noticia, lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros a la siguiente dirección  info@lawfirmcr.com

octubre 2010

NUEVO ASOCIADO

Es un placer anunciarles que el Lic. Erick Cordero ha pasado a formar parte de nuestro equipo de abogados  como  asociado de nuestra Firma y   nos dará soporte en las áreas de telecomunicaciones y contratación administrativa. El Abogado Cordero tiene una licenciatura en Derecho y cuenta con más de 13 años de experiencia en empresas relacionadas con las telecomunicaciones y asesorando empresas del sector público en Costa Rica. Si usted necesita mas información sobre nuestras áreas de práctica, por favor envíenos su correo electrónico a nuestra dirección principal info@lawfirmcr.com

AGOSTO 2010

Soley, SaborÍo & Asociados informa a ComisiÓn Legislativa sobre Proyecto de  Ley

El día jueves 26 de agosto pasado, los abogados Elías Soley Gutiérrez y Emilia Saborío Pozuelo, socios de la Firma Soley Saborío & Asociados, fueron convocados por los Diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa para dar su criterio calificado sobre el Proyecto de Ley 17.777 (Ley General de Investigación en Seres Humanos).

Como es de conocimiento público,  nuestra Firma asesora desde el año 1998 a varias instituciones relacionadas con la actividad de investigación científica, así como a empresas de la industria farmacéutica y académica internacional. Por lo anterior, se ha desarrollado un robusta experiencia en el trámite regulatorio, contando con una perspectiva integran sobre las necesidades para legislar sobre esta importante actividad.

El tema de la investigación no es nuevo para el país ya que desde el año 1973 surgió la primera normativa con varios artículos en la Ley General de Salud.  A partir de ahí, el marco regulatorio se ha desarrollado y adaptado a las mejores prácticas de la industria en esta materia, convirtiéndose en un modelo regulatorio en el ámbito internacional.

Como consecuencia de la sentencia de la Sala Constitucional dictada en enero del 2010, los citados abogados informaron a los Diputados que en la actualidad nuestro país está descalificado, a nivel internacional, para llevar a cabo investigaciones; lo anterior en virtud de no contar con un marco legal que rija la materia. Agregó también que la resolución de la Sala Constitucional produjo la suspensión del trámite regulatorio de todos los estudios que al momento de la resolución no se habían aprobado y de todos aquellos que se pensaba desarrollar en los próximos meses.

Nuestra Firma monitorea el trámite legislativo por encargo de varios de sus clientes. Si está interesado en recibir información adicional sobre este Proyecto de Ley, por favor no dude en comunicarse con nosotros a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com.

JUNIO 2010

EVALUACION DE  APERTURA DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES

El pasado 29 de junio de 2010 se celebró en el Hotel Real Intercontinental de San José, Costa Rica, el foro denominado "A DOS AÑOS DE LA APERTURA DEL SECTOR DE TELECOMUNICACIONES" organizado por parte del sector privado costarricense representado  por  la Cámara de Infocomunicaciones  en asociación con empresas locales.

El principal objetivo de este evento era la evaluación propositiva de lo acontecido en el país después de dos años de haber entrado en vigencia la ley marco regulatoria que marcó el inicio de la apertura legal del mercado de telecomunicaciones. Como expositores de la mesa redonda que abrió formalmente el evento, fueron invitados representantes del gobierno actual como de la Administración Arias Sánchez recién concluida, todos partícipes importantes del proceso de formación de la ley objeto de debate. Asimismo, complementaron la mesa de expositores representantes del sector privado, entre quienes figuró el Lic. Elías Soley Gutiérrez, socio de la Firma de Abogados “Soley, Saborío & Asociados”, en su condición de reconocido experto en el tema y abogado de importantes empresas del sector de telecomunicaciones.

El Lic. Soley centró su exposición en un análisis de cómo se han gestado las nuevas instituciones del sector público relacionadas con las telecomunicaciones, comentando el marco legal y  regulatorio vigente y terminando en un claro mensaje de crítica concluyentes en la existencia de una falta de coordinación interinstitucional que genera un vacío de liderazgo desde el sector público para tomar decisiones que permitan un avance hacia la apertura más eficiente. Llamó la atención sobre el entorpecimiento que sufren los procesos de negociación de interconexión y acceso con el operador dominante, el ICE, los que han tomado un curso inadecuado al tener que acudirse a SUTEL para resolverlos en definitiva en la totalidad de los casos hasta el momento.

La vice-ministra de Telecomunicaciones, Msc. Hannia Vega, reconoció que el sector privado ha sido paciente ante algunos atrasos que muestra el proceso, coincidiendo en que para alcanzar los objetivos propuestos se debe tener una rectoría de telecomunicaciones más fuerte, con más liderazgo y con un mayor poder de convocatoria.  Además, se comprometió a trasladar todas las sugerencias expuestas por los sectores a la presidenta Laura Chinchilla.

El representante del Instituto Costarricense de Electricidad, Sr. Elberth Durán, defendió que los procesos de apertura son lentos debido a  que los mismos requieren de más tiempo no solo para el ICE sino también para los mismos usuarios. La misma entidad asegura que ha seguido los procedimientos de acuerdo con los reglamentos y legislación vigente, en los temas de interconexión.

Los expositores coincidieron en que debe hacerse un mejor esfuerzo para lograr solventar los problemas actuales que han detenido el proceso de apertura y ponen en serio peligro el interés de nuevos entrantes de participar en el mercado costarricense de telecomunicaciones.

En caso de requerir mayor información sobre este tema, por favor contactarnos a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com

Evaluacion Apertura del Sector de Telecomunicaciones

 

ABRIL 2010

REGLAS PARA COMISIÓN ESPECIAL DE DEFINICIÓN DE SECTORES ESTRATÉGICOS

Con el objetivo de dar contenido regulatorio a las  modificaciones efectuadas  a la Ley del Régimen de Zona Franca que fueron aprobadas en enero pasado, el Poder Ejecutivo publicó el Reglamento que regirá las actividades  de La Comisión Especial para la Definición de Sectores Estratégicos (Decreto Ejecutivo No. 35999- COMEX-H- MIDEPLAN).

Dentro de las disposiciones contempladas se encuentran los parámetros que debe seguir la Comisión Especial para la definición de los Sectores Estratégicos, así como la integración, organización y coordinación de dicha Comisión.

Si usted o su empresa  está interesado en recibir información adicional sobre este reglamento o mantenerse informado sobre la creación de las nuevas regulaciones que serán contempladas en la reforma al Reglamento a la Ley de Zonas Francas, por favor no dude en comunicarse con nosotros a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com.

Marzo 2010

SARPA PUSO EN MARCHA SU SERVICIO DE AMBULANCIA AEREA EN COSTA RICA

SARPA es una empresa colombiana que tiene más de 20 años de operación, siendo la primera empresa en su país debidamente certificada en el transporte Aeromédico (ambulancia aérea). Es con esa misma visión que SARPA está ampliando sus operaciones a Costa Rica con su filial SARPA-CR, a fin de brindar un servicio de ambulancia aérea especializado, de alta calidad y eficiencia dentro de territorio de Costa Rica, convirtiéndose en la primera empresa debidamente certificada para proporcionar este servicio ante la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) y habiendo cumplido con todas las aprobaciones regulatorias.

SARPA-CR fue constituida en Costa Rica en noviembre del 2008. Su casa matriz, SARPA Colombia, también proporciona servicios de ambulancia aérea en países como Colombia, Curacao, Surinam, Venezuela, Ecuador, Brasil, Perú y Panamá.

SARPA-CR ha querido emprender esta tarea de certificación para poner a Costa Rica a la vanguardia en este tipo de servicio , brindándole a sus pacientes la posibilidad de un transporte de ambulancia aérea con dos tipos de aeronaves, apropiadamente equipadas con la última tecnología de monitoreo y tratamiento para emergencias médicas.

SARPA-CR cuenta con el más moderno Helicóptero adecuado para Transporte Aeromédico que se tiene en Costa Rica, tanto por su equipo como por sus dimensiones. Este es un BELL 212 de fabricación americana. Es un helicóptero biturbina, que además está acondicionado para vuelos nocturnos y totalmente equipado para el manejo de pacientes en estado crítico, con un espacio interior suficiente para que el paciente sea trasladado con un acompañante.

SARPA-CR cuenta con un avión tipo Jetstream 32, que es una aeronave Turbo Hélice con cabinas de 1,81 metros de alto y presurizada. Vuela a una altitud de 25000 pies y a una velocidad de 500 Kms/ hora, asimismo cuenta con una autonomía de vuelo de 5 horas y media. Su fabricación es inglesa, y es certificado por la FAA y la JAR europea. El Jetstream 32 viene configurado , especialmente, para el servicio de ambulancia aérea, con capacidad para dos pacientes, cada uno de ellos con su tripulación médica correspondiente y un acompañante. El equipo con que cuenta el avión lo hace tener las mismas características de cualquier unidad de cuidados intensivos con la complejidad que esto implica.

Cada aeronave está equipada con lo último en tecnología médica con camillas especializadas y modulares, autonomía de oxigeno de 10 mil litros, incubadoras de transporte neonatal marca Dragger (la más moderna en su estilo en el país), bombas de infusión tricanales, y todos aquellos equipos necesarios para el soporte avanzado de vida.

Además de las aeronaves indicadas, SARPA CR cuenta con personal más altamente calificado tanto en la atención de emergencias médicas como en la coordinación con la tripulación de la aeronave. Para garantizar estandares de calidad de servicio, SARPA-CR ofrece en cada uno de sus vuelos un médico altamente calificado para la atención de emergencias y un enfermero; este equipo humano forma parte del más alto y capacitado equipo de instructores y especialistas del Centro Internacional de Entrenamiento en Emergencias, S.M.I. Además, si el estado del paciente así lo requiera, se utilizarán otros profesionales del área de la salud como terapistas respiratorios.

Nuestra Firma de Abogados le brindó asesoramiento jurídico a SARPA-CR en la constitución de la empresa y la definición de su estructura corporativa. Dichos servicios legales fueron proporcionados por nuestro equipo de abogados y asistentes legales del Área de Práctica Corporativa.

Si necesita información adicional acerca de este tema o requiere saber más acerca de SARPA-CR, por favor ingrese a la página www.sarpacr.com y si tiene alguna pregunta no dude en contactarnos a nuestra dirección principal info@lawfirmcr.com

FEBRERO 2010

Nuevo ASOCIADO

Es un placer anunciarles que el Lic. Ignacio Solano ha pasado a formar parte de nuestro equipo de abogados para el Área de Práctica de Telecomunicaciones. El abogado Solano es uno de los nuevos asociados de nuestra Firma; tiene una maestría en Telecomunicaciones, Tecnología e Información de la Universidad Carlos III de Madrid, España.

Si usted necesita contactar nuestro equipo de práctica del Área de Telecomunicaciones, por favor envíenos su correo electrónico a nuestra dirección principal info@lawfirmcr.com.

ENERO 2010

Asamblea Regional de MSI Global Alliance

El pasado 16 de enero, se celebró en Costa Rica la Asamblea Regional de MSI Global Alliance de Latinoamérica, en el Hotel Real Intercontinental en Escazú. Nuestra Firma Soley, Saborío & Asociados tuvo el agrado de servir como anfitrión en esta Asamblea que contó con la presencia de miembros activos de MSI provenientes de Norte América, Centroamérica, Sur América y el Caribe

El objetivo principal fue evaluar y crear nuevas oportunidades de negocio para los miembros participantes, así como comentar experiencias individuales sobre las ventajas de pertenecer a MSI Global Alliance, una organización que agrupa a profesionales en Derecho y Contaduría en todo el mundo.

Las palabras de bienvenida estuvieron a cargo del Lic. Elías Soley G., socio de Soley, Saborío & Asociados, quien resaltó la importancia de pertenecer a MSI, ya que esta membrecía proyecta eficientemente la presencia internacional de sus miembros. Entre otros oradores, resalta la participación de la Licda. Marcela Trujillo, perteneciente a la Firma Rubio Villegas y Asociados SC de México y del Sr. James Mendelssohn, Director Ejecutivo de MSI, quienes resumieron su amplia experiencia en MSI y brindaron una actualización de los proyectos para los meses siguientes, así como el desarrollo que ha tenido MSI en la región latinoamericana. La actividad concluyó con la valoración final y la presentación de futuros eventos que organiza MSI, tanto a nivel continental como mundial.

Para mayor información puede accesar a la página de MSI Global Alliance a www.msiglobal.org y si tiene alguna consulta puede escribirnos al correo info@lawfirmcr.com.

Lic. Elías Soley Gutiérrez

Mr. James Mendelssohn

Diciembre 2009

Reforma a Zonas Francas recibe aval del Poder Ejecutivo

El proyecto de reforma a la Ley del Régimen de Zona Franca fue sancionado por el Poder Ejecutivo, en este caso conformado por el Presidente de la República, el Ministro de Comercio Exterior y la Ministra de Hacienda, el día 12 de enero del presente año en las instalaciones de la empresa Bridgestone Costa Rica, y se convertirá en ley una vez que se publique en el diario oficial La Gaceta.

Dicha reforma es de gran transcendencia para el país ya que con la misma se cumple con los compromisos adquiridos por Costa Rica ante la Organización Mundial de Comercio , en el sentido de eliminar incentivos asociados a un criterio de exportación a partir del año 2015. De esta forma, se le brinda seguridad jurídica a las empresas que se encuentran dentro de la categoría de “manufactureras” en  el Régimen de Zona Franca, creando una nueva categoría que ofrecerá un marco adecuado de incentivos a esas empresas y a aquellas que deseen incorporarse en el futuro. Lo anterior coadyuva a mantener y mejorar el clima de inversión en Costa Rica, fortaleciendo las ventajas comparativas y competitivas del país frente a otros mercados con los que competimos en la atracción de Inversión Extranjera Directa (IED). Adicionalmente, la citada reforma crea nuevos incentivos para las empresas proveedores de empresas establecidas en las Zonas Francas y promueve el establecimiento de inversiones en zonas de menor desarrollo del país.

Dentro de las reformas más importantes, identificamos la creación de una nueva categoría de empresa beneficiaria  con la doble intención de crear un marco de incentivos acorde a los compromisos adquiridos con la OMC y para que las empresas de manufactura puedan migrar una vez que venzan sus incentivos actuales y seguir gozando de los beneficios que ofrece el régimen. Esta categoría será definida por sectores estratégicos, que serán determinados por una comisión especial que creará el Poder Ejecutivo en los próximos meses.

Finalmente, el Ministerio de Comercio Exterior, para completar este importante paso, procederá a adecuar el Reglamento a la Ley del Régimen de Zona Franca acorde a los nuevos lineamientos vigentes.

Si usted o su empresa  está interesado en recibir información adicional sobre esta reforma o mantenerse informado sobre la creación de las nuevas regulaciones que serán contempladas en la reforma al Reglamento a la Ley de Zonas Francas, por favor no dude en comunicarse con nosotros a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com

 

Noviembre 2009

AVANCE DE LA REFORMA A LA LEY DE ZONAS FRANCAS

Soley, Saborío, & Asociados ha venido monitoreando, participando y brindado asesoría legal a varios de sus clientes corporativos , operando en zonas francas, con relación al proceso de reforma a la Ley de Régimen de Zonas Francas No. 7210.

Como parte de esta actividad, recientemente nuestro socio Elías Soley Gutiérrez , participó como orador en el evento organizado por AMCHAM y la IFA (International Fiscal Association) denominado “Zonas Francas: Su Reforma y Futuro”.  En esa oportunidad compartió con otros expositores representantes de los sectores público y privado (entre ellos: la Sra. Nancy Palmintere, Vicepresidente de Asuntos Financieros y Servicios empresariales de INTEL-, el señor Jorge Brenes - Presidente de la Asociación de Zonas Francas-, representantes de PROCOMER y la Cámara de Industrias. Fue un momento apropiado para analizar los resultados obtenidos por el régimen de zonas francas durante sus dos décadas de existencia y para reforzar la importancia de la reforma que se discutió en la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa.


Evento AMCHAM – IFA realizado en Agosto, 2009

 Los puntos principales de la reforma a la Ley de Régimen de Zonas Francas, la cual será conocida por el Plenario Legislativo en las próximas semanas, son los siguientes:

  • Creación de una nueva categoría de empresa beneficiaria para que las empresas de manufactura puedan migrar y seguir gozando de los beneficios que ofrece el régimen. Esta categoría tendrá como base sectores estratégicos definidos por el Poder Ejecutivo con base en lineamientos que establece la reforma a  esta ley. Se mantienen los mismos beneficios excepto en la caso de la exoneración del impuesto sobre la renta, sobre el que se definió en Comisión Legislativa fijarlo en un 6% en el período inicial del régimen.
  • Se incentivará a  las empresas que presenten proyectos con proyección de invertir en un plazo de 8 años  más de US $10.000.000  y mantener un mínimo de cien empleados. Estas podrán optar por el 100% de exoneración del impuesto de renta por un plazo de 8 años y 50% por los siguientes 4 años.
  • Se otorgará el régimen de zona franca a las empresas proveedoras de bienes o servicios a empresas de zona franca , siempre y cuando destinen una proporción significativa de su producción o servicios a empresas de este sector (superior al el 40% de sus ventas locales). 
  • Para acogerse a los beneficios del Régimen bajo cualquiera de las categorías  previstas en el artículo 17 de la Ley e instalarse en un Parque Industrial fuera del Gran Área Metropolitana (GAM) deberán realizar una inversión inicial de al menos US $ 100.000. Se autoriza también la instalación fuera de Parque Industrial siempre y cuando la inversión sea de al menos US $ 500.000.

Para llegar a ser Ley de la República, este Proyecto de Ley debe ser enviado de la Comisión de Asuntos Económicos al Plenario Legislativo. Una vez aprobada por el Plenario de la Asamblea Legislativa, el Proyecto de Ley será enviado al Poder Ejecutivo para su ratificación y aprobación.

Soley, Saborío, & Asociados, a través de su División Corporativa de Comercio Internacional, ha participado en consultorías con relación a la enmienda de la Ley de Zonas Francas.

Si está interesado en recibir información adicional sobre esta materia, por favor no dude en solicitárnosla al (506) 2290 7220 o a nuestra dirección electrónica info@lawfirmcr.com

 

aGOSTO 2009

2ESTUDIO CLINICO PARA DESARROLLO DE VACUNA CONTRA EL VIRUS AH1N12

Recientemente fue publicado en medios de prensa costarricenses que la empresa farmacéutica NOVARTIS  escogió al Instituto de Atención Pediátrica (IAP) y su equipo de investigadores liderado por el investigador principal, Dr. Adriano Arguedas Mohs, para ejecutar en Costa Rica un estudio clínico tendente a desarrollar un prototipo de vacuna contra el virus AH1N1.

El tipo de vacuna que se probará en Costa Rica, será sometido a estudios similares en otros dos países y buscará generar datos científicos para respaldar la seguridad y eficacia del medicamento.

Recientemente, el Comité Ético-Científico de la UCIMED,  aprobó el protocolo de investigación y demás documentación científica, legal y administrativa presentada por el IAP, declarando que se han cumplido con todos los requisitos que demanda el proceso regulatorio para llevar a cabo el estudio, constatándose que el mismo se ajusta a los lineamientos fijados por la legislación costarricense aplicable.

Nuestra firma, Soley, Saborío & Asociados asiste al IAP en el proceso regulatorio necesario para cumplir con la legislación local. Los abogados Elías Soley G. (socio) y Arturo Guerrero D. (abogado asociado) participaron en el equipo de abogados que atendió este caso.

De requerir información adicional sobre este tema, nuestra área de práctica en investigación clínica o algún otro servicio, por favor no dude en contactarnos a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com.

Junio 2009

2NUEVO MIEMBRO DE LA FIRMA2

Soley, Saborío & Asociados (SS&A)  ha incorporado a su equipo de trabajo a la Licda. Milena Jaikel Gazel.

Milena Jaikel es Licenciada en Derecho y tiene una maestría en Derecho Internacional del Instituto de Empresa en Madrid. Su participación reforzará nuestro equipo profesional que atiende el área corporativa y atención de inversión extranjera. Con esta incorporación SS&A busca fortalecer su área de práctica corporativa con énfasis en materia inversiones, zonas francas  y contractual. 

E-mail de contacto: mjaikel@lawfirmcr.com

En caso de requerir mayor información sobre esta noticia, lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros a la siguiente dirección info@lawfirmcr.com

MAYO 2009

2REFORMA A LA LEY DEL RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS ENVIADO A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA2

El pasado martes 21 de abril la Presidencia de la República y el Ministerio de Comercio Exterior enviaron a la Asamblea Legislativa el texto del proyecto de Reforma a la Ley del Régimen de Zonas Francas: Esta reforma tiene por objetivo principal alcanzar el doble propósito de cumplir con los requerimientos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y que Costa Rica siga siendo un destino atractivo para la inversión local y extranjera directa.

Esta propuesta además beneficiará, según el Ministro, a las pequeñas y medianas empresas nacionales, así como proveedores de alta calidad.

En el proyecto de ley, se propone fijar  en un 5% el impuesto sobre la renta  las empresas de zonas francas que califiquen como parte de un sector estratégico para el país o se instalen en una zona de menor desarrollo relativo. Según la OMC el régimen se deberá cambiar antes del 2015, ya que actualmente estas empresas son exoneradas del pago de este impuesto.

Con la reforma también se eliminaría la referencia a los requisitos de exportación para optar por los beneficios y establece el concepto de sector estratégico y mantiene las condiciones actuales del régimen a las empresas que cumplan con ciertos niveles de inversión y de empleo.

Por favor no dude en contactarnos a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com, en caso de que tuviera alguna duda o quisiera  información adicional sobre el tema.

abril 2009

2MARCA COMUNITARIA: REDUCCIÓN SUSTANCIAL DE COSTES A PRIMERO DE MAYO2

La Comisión Europea y la Oficina de Marcas Comunitaria (OAMI) han anunciado una reducción del 40% de las tasas oficiales en la tramitación de las marcas comunitarias.

Hasta ahora se debían pagar dos tasas oficiales, tasas de solicitud (750,00 euros) y tasas de registro (850,00 euros). A partir de principios de mayo las tasas de registro ya no tendrán  que pagarse, mientras que las tasas de solicitud serán de 900,00 euros. El total de las tasas oficiales para la obtención de protección hasta 3 clases será pues de 900,00 euros (en lugar de los 1.600,00 euros actuales).

Disposiciones transitorias

Las solicitudes que en la actualidad se encuentren pendientes de registro, respecto de las cuales la OAMI no haya emitido el requerimiento de pago de la tasa de registro, antes de la fecha de entrada en vigor del nuevo reglamento, no tendrán que pagar dicha tasa.

En consencuencia, todas las marcas comunitarias solicitadas durante este periodo  transitorio (mes de abril) se beneficiarán sustancialmente, con un ahorro entre la solicitud  y título  de 1.000,00 euros. Los costes totales en este periodo (a través de nuestro despacho), serán de 1.350,00 solicitud y 350,00 concesión, incluido la vigilancia de parecidos en toda la  Unión Europea durante el periodo de un año.

Recordamos que la marca comunitaria tiene una protección uniforme en los 27 países de la Unión Europea con un procedimiento y solicitud única. Actualmente la duración para obtener una marca comunitaria es de 12-14 meses.

Es pues aconsejable solicitar ahora las marcas comunitarias de interés beneficiándose de esta medida que está destinada a favorecer a los usuarios y, en particular, ayudar a las PYME.

En caso de requerir mayor información sobre este tema, por favor no dude en contactarnos a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com.

MARZO 2009

aExpansión internacional a través de vínculo con MSI Alianza Globala

SS&A (www.lawfirmcr.com) ha firmado una membresía con la asociación internacional líder en firmas profesionales independientes MSI Alianza Global, permitiendo que ambas organizaciones amplíen sus capacidades de servicio geográfico.

MSI Global Alliance (MSI) ha anunciado en Londres la admisión de Soley, Saborío & Asociados (SS&A), así como del los otros cuatro miembros de la alianza profesional de abogados de América Central Grupo Jurídico Centroamericano (GJCA), a su afiliación mundial de firmas de Derecho y la contabilidad. El acuerdo amplía la cobertura geográfica de MSI a Costa Rica mediante la aceptación del Bufete Soley, Saborío & Asociados (Costa Rica), así como al resto de Centroamérica mediante la aceptación de las firmas afiliada al GJCA.

James Mendelssohn, Director Ejecutivo de MSI, manifestó: "Los países de América Central están abriendo rápidamente sus mercados a los inversionistas extranjeros y tomando medidas para una integración regional más estrecha. Por lo tanto, es muy importante que sus clientes puedan tener acceso a bufetes líderes en América Central que cumplan con las estrictas normas de calidad y estándar de servicio de MSI y que compartan los mismos valores que sus asesores.

"El nombramiento de estas respetadas firmas de alto calibre, demuestra nuestro compromiso de construir una fuerte membresía en América Latina. Los Bufetes de GJCA son altamente experimentados y proveen servicios que incluyen derecho corporativo, propiedad intelectual, derecho bancario, derecho inmobiliario, derecho constitucional y resoluciones de conflictos de empresas locales y multinacionales."

El Director del GJCA Elías Soley, socio de Soley, Saborío & Asociados (SS&A), comentó: " MSI Global Alliance nos presenta una valiosa oportunidad para ampliar las prácticas internacionales de nuestra firma y para ayudar a los miembros de MSI de todo el mundo con asuntos en la región centroamericana, asegurando apoyo profesional de alta calidad para todos los asuntos legales en nuestros países. "

Acerca de MSI Global Alliance

MSI es una asociación internacional de firmas profesionales independientes, con más de 250 miembros en 100 países. MSI se formó en 1990 en respuesta a la creciente necesidad de la cooperación transfronteriza, la cooperación entre bufetes de servicios profesionales. Para más información sobre el MSI y sus miembros, visite www.msiglobal.org

En caso de requerir mayor información sobre este tema, por favor no dude en contactarnos a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com.

Febrero 2009

aINTEGRADO REGULADOR DE TELECOMUNICACIONES (SUTEL)a

Los cuatro integrantes de la  Consejo de Telecomunicaciones -máximo órgano de la SUTEL- ya fueron nombrados, y  sus nombramientos ratificados, y juramentados por la Asamblea Legislativa.

A partir del 26 de enero del 2009 se encuentran instalados y operando en sus puestos la señora Maryleana Méndez J.  y los señores Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez, George Petrie Miley Rojas y Walter Herrera Carrillo.

Desde el 13 de febrero de los corrientes, SUTEL se encuentra operando administrativamente como ente regulador. De hecho, conformado legalmente el Consejo de la SUTEL se activaron obligaciones y derechos para los interesados del sector, a saber:


  1.  
SUTEL recibe directamente las solicitudes de autorización para quienes deseen:

 
  • Operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones que no requieran uso del espectro radioeléctrico.
  • Prestar servicios de telecomunicaciones disponibles al público por medio de redes públicas de telecomunicaciones que no se encuentren bajo su operación o explotación. 
  • Operar redes privadas de telecomunicaciones que no requieran uso del espectro radioeléctrico.
  2.  
Conforme al Transitorio V de la Ley General de Telecomunicaciones, los concesionarios de bandas de frecuencia, públicos o privados, así como quienes posean concesiones de bandas de frecuencia de radiodifusión, en un plazo de tres meses contados a partir del 26 de enero, deberán rendirle un informe en el que indiquen las bandas de frecuencia que tienen asignadas, así como el uso que estén haciendo de cada una de ellas.
 

De existir alguna consulta puntual que sea de su interés sobre el tema anteriormente comentado, por favor no dude en comunicarse con nosotros al correo info@lawfirmcr.com.

Enero 2009

Esterilizadora de productos médicos inicia operaciones

El pasado 20 de enero de 2009, la empresa BeamOne de Costa Rica SRL inauguró  formalmente su nueva planta de esterilización de equipo médico en la zona franca de El Coyol de Alajuela.  Esta nueva empresa es subsidiria de BeamOne LLC, compañía basada en San Diego, California, EUA; con la apertura de operaciones de BeamOne en Costa Rica, se fortalecerá la competitividad del país en el sector de dispositivos médicos, haciendo más atractiva las oportunidades de inversión en el país para empresas relacionadas con ese sector ya que las empresas que producen equipo médico podrán esterilizarse en el territorio nacional sus productos, sin necesidad de enviarlos a los Estados Unidos o a otros lugares (como Puerto Rico o a República Dominicana) tal y como sucede en la actualidad.

Con esta nueva operación, se fortalece indudablemente el cluster tecnológico e industrial de dispositivos médicos, representando un beneficio significativo para aquellas empresas que producen en Costa Rica, ya que ahora pueden esterilizar en el país y , eventualmente, comercializar desde acá hacia mercados asiáticos y europeos, economizándose el paso por los Estados unidos que , hasta el momento, ha sido imprescindible por no contar con servicios de esterilización aptos para esa industria.

Soley, Saborío & Asociados, por medio de su división corporativa y de comercio internacional, ha participado en la asesoría del proyecto para BEAM ONE COSTA RICA, SRL, brindándole todos los servicios legales necesarios para instalar su empresa en Costa Rica y desarrollar sus actividades industriales al amparo del régimen de zona franca.

Noviembre 2008

HOLOGIC amplia operaciones en costa rica

El pasado jueves 6 de noviembre del 2008, la empresa en Zona Franca  HOLOGIC Surgical Products Costa Rica, S.A., dedicada a la manufactura de dispositivos médicos para mejorar la calidad de vida de las mujeres, amplió sus operaciones en Costa Rica.

La empresa opera en Costa Rica hace varios años , inicialmente con el nombre de NOVACEPT y posteriormente en el 2004 como CYTYC  Surgical Products.  La empresa inició sus operaciones en el Parque Global Park en Heredia; en esa oportunidad Hologic planeaba generar 120 empleos directos  en su planta de alta tecnología y concentró su operación industrial en la producción del dispositivo conocido como “Novasure”, un dispositivo para tratar la menorragia, que afecta cerca del 20 por ciento de las mujeres en algún momento de sus vidas.

No obstante lo anterior, la expectativa de crecimiento de la empresa superó dicha proyección  y, con la nueva planta industrial ubicada en la Zona Franca Coyol en la provincia de Alajuela, la empresa confirmó que emplea en la actualidad a  400   personas y espera ampliar a 550 empleos directos en el corto plazo.

Estas nuevas instalaciones multiplican sustancialmente la operación industrial de esta importante empresa. La  nueva planta industrial tiene aproximadamente quince mil metros cuadrados, triplicando el área que tenía la empresa en el parque Global Park en Heredia.

Soley, Saborío & Asociados, por medio de su división corporativa y de comercio internacional, ha participado en la asesoría del proyecto para HOLOGIC SURGICAL PRODUCTS COSTA RICA, S.A. brindándole todos los servicios legales necesarios para desarrollar sus actividades industriales al amparo del régimen de zona franca. Emilia Saborío (esaborio@lawfirmcr.com) dirigió  al equipo de abogados que colaboraron en esta tarea.

Agosto 2008

NuevA ALIANZA DEL Grupo Jurídico Centroamericano

Recientemente, se formalizó una alianza permanente al Grupo Jurídico Centroamericano de la Firma de Abogados española Rebollo Abogados (http://www.rebollo-abogados.com), con oficinas en Oviedo, España y en Shangai, República Popular China; esta última oficina dirigida por el Lic. Javier Pérez Bendaña, cuya misión es orientar y prestar servicio jurídico en esa nación.

Con esta alianza  se pretende consolidar la presencia internacional del Grupo Jurídico Centroamericano, considerándola de alto valor agregado en momentos en que la región centroamericana está en negociaciones en procura de un tratado internacional de Libre Comercio con la Unión Europea, la cual fomentará y aumentará relaciones entre ambas regiones y haría necesario un asesoramiento jurídico eficaz a las empresas que pretendan exportar a los países centroamericanos o desde estos a la Unión.  

El pasado 23 de setiembre Rebollo Abogados obtuvo la calificación del IDEPA como asesor jurídico internacional, previa convocatoria pública del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), formando parte de la Red de Asesoramiento Jurídico Internacional para Empresas Asturianas (A Global Red), creado por el IDEPA.

Rebollo Abogados ha conseguido su calificación para los siguientes países destino: China, Argentina, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá.

Soley, Saborío & Asociados (www.lawfirmcr.com) se complace en comunicar este acontecimiento a su clientela y felicita a Rebollo Abogados por este importante logro.

Para mas información sobre los servicios de Rebollo Abogados y de las firmas afiliadas al Grupo Jurídico Centroamericano, no dude en comunicarse con nosotros a info@lawfirmcr.com

Julio 2008

LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES ENTRA EN VIGENCIA

El pasado 30 de junio del 2008 se publicó en el periódico oficial La Gaceta, la Ley General de Telecomunicaciones, con lo cual entra en vigencia.

Sin embargo, para la correcta y completa regulación y operación plena del mercado es necesario el cumplimiento de los siguientes eventos:

  1. Vigencia del proyecto de “Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones”.
  2. Esta nueva legislación es necesario para complementar el marco legal creado por la Ley General de Telecomunicaciones, ya que define las competencias y el papel que desempeñaran el rector (Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, MINAET), el órgano regulador especializado (SUTEL) y el operador dominante propiedad del Estado (ICE y subsidiarias) dentro de un contexto de apertura de las Telecomunicaciones; confiere a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos las competencias y atribuciones necesarias para regular a los operadores del mercado de telecomunicaciones y la aplicación de sanciones y crea la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) que tendrá a su cargo la regulación del Sector y sus diferentes actores y su rectoría, que recae en el Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (Minaet).

    Éste proyecto aún está siendo conocido por el Poder Legislativo y se espera que sea aprobado en definitiva en el próximo mes de agosto 2008.

  3. Emisión de reglamentos.
  4. En un plazo de nueve meses contados a partir del 30 de junio pasado, tanto el Poder Ejecutivo como la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos deberán emitir los reglamentos que sean necesarios para la correcta regulación y operación plena del mercado.

    El Poder Ejecutivo deberá emitir el Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones así como Reglamento Sobre Administración, gestión y control del espectro radioeléctrico, Plan Nacional de Atribución de Frecuencias Radioeléctricas, Plan de Numeración y Reglamento Sobre Medidas de Protección de la Privacidad de las Comunicaciones.

    Igualmente, la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos dictará los reglamentos técnicos acerca de: acceso e interconexión, acceso y servicio universal y solidaridad, régimen de protección al usuario final, Reglamento Interno de la Superintendencia de Telecomunicaciones, calidad de servicios, régimen de competencia, bases y condiciones para la fijación de tarifas y precios, planes fundamentales de encadenamiento, transmisión y sincronización y cualquier otro necesario para la regulación del mercado de telecomunicaciones.

Pretendemos mantener actualizada a nuestra clientela relacionada con este sector por lo que en caso de existir alguna consulta puntual que sea de su interés por favor no dude en comunicarse con nosotros al correo info@lawfirmcr.com.

 

Junio 2008

PROYECTO DE LEY DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LAS ENTIDADES
PÚBLICAS DEL SECTOR TELECOMUNICACIONES RECIBE PRIMERA APROBACIÓN LEGISLATIVA

El pasado 20 de mayo del 2008, la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica aprobó en un primer debate el Proyecto de Ley denominado “Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones”. Esta ley forma parte de la agenda de implementación del Tratado de Libre Comercio (TLC) con EE.UU. y es complemento a la Ley General de Telecomunicaciones, ley recientemente aprobada que define el marco para la apertura del sector y está a la espera de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta para que adquiera eficacia.

Para la entrada en vigencia del proyecto de “Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones” es necesaria su aprobación en un segundo y último debate, votación que ha quedado suspendida mientras se resuelve una consulta sobre  la constitucionalidad del proyecto ante la Sala IV de la Corte Suprema de Justicia (instancia que tiene un mes para resolver a partir del pasado 26 de mayo).

Esta nueva legislación es necesario para complementar el marco legal creado por la Ley General de Telecomunicaciones (aprobada recientemente por el Poder Legislativo) , ya que define las competencias y el papel que desempeñaran el rector (Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, MINAET), el órgano regulador especializado (SUTEL) y el operador dominante propiedad del Estado (ICE y subsidiarias) dentro de un contexto de apertura de las Telecomunicaciones; confiere a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos las competencias y atribuciones necesarias para regular a los operadores del mercado de telecomunicaciones y la aplicación de sanciones y crea la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) que tendrá a su cargo la regulación del Sector y sus diferentes actores y su rectoría, que recae en el Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (Minaet). Por último, pretende darle los instrumentos jurídicos  al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y sus empresas subsidiarias para que puedan enfrentar la competencia de forma eficiente, agilizando sus procedimientos de adquisición de bienes y servicios.

Para mas información sobre esta ley o temas relacionados con la apertura de mercado de telecomunicaciones, por favor dirija su consulta a nuestro correo central info@lawfirmcr.com o comuníquese con nosotros al (506) 2290 – 7220 ext. 17.

Mayo 2008

APERTURA DE TELECOMUNICACIONES ES LEY DE LA REPÚBLICA

El día de hoy la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica aprobó en segundo debate el Proyecto de la Ley General de las Telecomunicaciones.

La nueva normativa abre el sector de las telecomunicaciones permitiendo que empresas privadas y públicas puedan competir efectivamente para suministrar directamente a los clientes los servicios de telecomunicaciones de redes privadas, Internet y servicios inalámbricos móviles, así como todos los nuevos servicios que surjan en virtud de los adelantos tecnológicos, siempre que obtengan las concesiones o autorizaciones del Estado.

Esta nueva ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Periódico Oficial La Gaceta.

Sin embargo, de acuerdo con la nueva Ley, en un plazo de nueve meses contados a partir de su publicación, tanto el Poder Ejecutivo como la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos deberán emitir los reglamentos que sean necesarios para la correcta regulación y operación plena del mercado.

Pretendemos mantener actualizada a nuestra clientela relacionada con este sector por lo que en caso de existir alguna consulta puntual que sea de su interés por favor no dude en comunicarse con nosotros al correo info@lawfirmcr.com

 

ABRIL 2008

PROYECTO DE LEY DE TELECOMUNICACIONES ES APROBADO EN PRIMER DEBATE LEGISLATIVO

La Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó el pasado 30 de abril del 2008, en un primer debate la Ley General de Telecomunicaciones. Esta nueva ley busca abrir este sector a la competencia y define las condiciones para participar en dicho mercado; la iniciativa forma parte de la agenda de implementación del Tratado de Libre Comercio (TLC) con EE.UU.

Esta ley ya había sido aprobada en primer debate el pasado 13 de febrero, pero la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia encontró fallas en el procedimiento legislativo que los diputados tuvieron que corregir y  repetir la primera votación.

Para la entrada en vigencia del proyecto es necesaria su aprobación en un segundo y último debate, al cual no se ha definido aún fecha para su votación. Posteriormente, la ley deberá ser publicada en el Diario Oficial para su entrada en vigencia.

Se espera que la fecha para el segundo debate  se fije en definitiva en la semana que inicia el lunes 12  de mayo de los corrientes, luego de que pasen cinco sesiones legislativas en que los Diputados se abocarán únicamente a discutir y comentar el informe de rendición de cuentas dado por el Presidente de la República el pasado primero de mayo y a conformar y juramentar a los nuevos miembros de las comisiones legislativas.

Pretendemos mantener actualizada a nuestra clientela relacionada con este sector mediante la actualización del presente boletín, no obstante de existir alguna consulta puntual que sea de su interés por favor no dude en comunicarse con nosotros al correo info@lawfirmcr.com

Marzo 2008

Avanza la nueva Ley General de Telecomunicaciones

El Proyecto de Ley número 16398 denominado Ley General de Telecomunicaciones (LGT) recibió el pasado 13 de febrero del 2008, su primer debate en la Asamblea Legislativa, siendo aprobado por la mayoría de los Diputados presentes en la sesión.

Este Proyecto establece la apertura del sector de telecomunicaciones y define las condiciones para la operación de dicho mercado. Además de cumplirse con el compromiso asumido por el país al negociar el tratado de libre comercio con Centroamérica, República Dominicana y los Estados Unidos (DR-CAFTA), con este proyecto se busca crear las bases para que se desarrolle en Costa Rica un mercado competitivo y seguro para los diferentes agentes prestadores de servicios de telecomunicaciones.

Desde el punto de vista del modelo organizacional, la LGT separa los roles del Estado en telecomunicaciones, con la rectoría que queda en manos del Ministerio de Ambiente y Telecomunicaciones;  la regulación, que pasa a la Superintendencia de Telecomunicaciones  y la operación, que quedaría para el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y sus subsidiarias.

Por otro lado, crea el Fondo Nacional de Telecomunicaciones (Fonatel), para desarrollar los principios de acceso y servicio universal. Regula el espectro radioeléctrico en cuanto al otorgamiento de concesiones y establece el concepto de autorizaciones para aquellas actividades que no requieran de espectro concesionado, estableciendo el pago de diversos cánones para los operadores, así como sanciones en caso de incumplimientos.

Adicionalmente, con esta LGT se pretende lograr el desarrollo del mercado de telecomunicaciones en condiciones de libre competencia, permitiendo a los operadores seleccionar las tecnologías por utilizar, siempre que dispongan de estándares comunes que cumplan con los requerimientos necesarios para satisfacer las metas y objetivos de política sectorial. Con este concepto se introduce un principio para garantizar la convergencia de tecnologías sin mayores trabas regulatorias.

El segundo debate para la LGT lo fijó la Asamblea Legislativa para para el lunes dieciocho de febrero del 2008. Sin embargo, dentro del plazo establecido al efecto, fue presentada un consulta de constitucionalidad del Proyecto ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ; este órgano judicial tiene un plazo de un mes calendario para emitir su calificada opinión y, posteriormente, regresaría el proyecto a la Asamblea Legislativa ya sea para completar su aprobación definitiva o para corregir algún vicio de constitucionalidad que se detecte. En caso que la constitucionalidad del proyecto sea confirmada por la Sala Constituvcional, se le dará al proyecto segundo debate, en el cual la discusión se centrará únicamente en la conveniencia o no de promulgar esta nueva legislación.

En caso de requerir mayor información sobre este tema, por favor no dude en contactarnos a nuestra dirección central info@lawfirmcr.com o al (506) 2290 7220 extensión 17.

febrero 2008

NUEVOS MIEMBROS DE LA FIRMA

Soley, Saborío & Asociados (SS&A)  ha incorporado a su equipo de trabajo a los abogados Sinda Góchez Vargas y Arturo Guerrero Díaz.

Sinda Góchez, quien se reincorporó a la Firma desde el mes de Noviembre del 2007, reforzará el área de práctica de Derecho Corporativo de SS&A, con énfasis en materia comercial, laboral y litigios.

E-mail de contacto: sgochez@lawfirmcr.com

Arturo Guerrero, se ha incorporado a partir del mes de enero del año en curso, después de haber servido como abogado y director de Departamento legales de algunas entidades bancarias y financieras del país. Con esta incorporación SS&A busca fortalecer su área de práctica corporativa con énfasis en materia financiera y contractual.

E-mail de contacto: aguerrero@lawfirmcr.com

En caso de requerir mayor información sobre esta noticia, lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros a la siguiente dirección info@lawfirmcr.com

PRORROGA OTORGADA POR LA OMC

Costa Rica, entre otras naciones, estaba obligada a eliminar aquellos incentivos otorgados con base en criterios de exportación, entre ellos los incentivos fiscales de las empresas de manufactura que gozan del régimen de Zona Franca; la fecha dispuesta para cumplir ese compromiso estaba fijada para el 31 de diciembre del 2009

El pasado 27 de julio, la Organización Mundial del Comercio (OMC) aprobó una ultima y definitiva prórroga del plazo para eliminar los subsidios y beneficios de productos de exportación hasta el año 2015. Con esta prórroga se garantiza la continuación de los regímenes actualmente vigentes y se genera un mayor espacio para desarrollar nuevos modelos de incentivos que garanticen el nivel de competitividad de Costa Rica para la atracción de inversiones.

Además de la prórroga concedida, la OMC ha sido clara en el sentido de que en el período comprendido por los años 2013 y 2015 deban estar encaminados los planes para eliminar los subsidios directos y buscar nuevos proyectos compatibles con las regulaciones de la OMC. En ese sentido, en Costa Rica,  el Gobierno de la República ha anunciado su compromiso por continuar preparando las modificaciones legales necesarias para generar nuevos modelos de incentivos, que no estén asociados a criterios de exportación, con base en otros criterios aceptados por la normativa de la OMC; entre esos criterios se valoran los siguientes:

  1. Otorgamiento de beneficios a empresas pioneras (sea aquellas que representen la atracción de nuevas tecnologías)
  2. Inversiones que representen generación de empleo en zonas marginales o rurales
  3. Inversiones en la preparación de sus empleados.

La decisión tomada por la OMC es de gran relevancia para el sector exportador costarricense, especialmente para el sector que desarrolla su actividad exportadora al amparo del régimen de zona franca,  ya que el plazo original estaba a escasos seis meses de su fecha de expiración y no se tenían, todavía,  claras las alternativas que se iban a proponer para darle continuidad a estos incentivos que representan un importante elemento de competitividad del país.

En caso de requerir mayor información sobre esta noticia, lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros a la siguiente dirección info@lawfirmcr.com

MArzo 2007

PRIMER ESTUDIO CLINICO QUE CUMPLE CON NUEVO TRAMITE REGULATORIO.

Después de cumplir paso a paso un detallado proceso regulatorio, el pasado 22 de marzo del 2007 la institución de investigación clínica denominada Instituto de Atención Pediátrica (IAP), asesorado por la Firma de Abogados Soley, Saborío & Asociados (http://www.lawfirmcr.com/) , logró culminar un largo proceso de aprobaciones y trámite regulatorio cuando la Contraloría General de la República dio el refrendo contralor al contrato suscrito entre el IAP ,  empresa local responsable del estudio y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) , contrato que regula los términos y condiciones mediante los que se ejecutará el denominado.

La culminación exitosa de este trámite regulatorio, representa para Soley, Saborío & Asociados la consecución de un nuevo éxito profesional, consolidándose como Firma pionera en la asesoría jurídica para empresas de investigación clínica en Costa Rica y engrosando sus importantes logros en el área de práctica Corporativa y de Propiedad Intelectual.

Este estudio fue declarado en por el Gobierno costarricense como de interés público y nacional mediante Decreto Ejecutivo No 33399-S (Gaceta # 2065  del 27 de Octubre de 2006). Esta declaratoria de interés público responde a un análisis detallado de este proyecto científico por parte del Ministerio de Salud, de la CCSS, del Consejo Nacional de Investigación en Salud y las Direcciones Jurídicas del Ministerio de Salud y la CCSS, cuyo resultado se refleja en una clara determinación de la utilidad pública que representa para Costa Rica este estudio clínico, considerándolo fundamental para conocer la epidemiología de estas enfermedades en el país y para que el Ministerio de Salud esté en mejor capacidad de tomar decisiones científicas y objetivas sobre la introducción de las nuevas vacunas en el cuadro básico de inmunizaciones. El estudio representa una grandiosa oportunidad para que las autoridades del Sector Salud tengan disponibilidad de datos científicos de nuestra población que les permitan respaldar adecuadamente ciertas decisiones que se tomen en materia de planificación sanitaria, adquisición de medicamentos y fijación de políticas asistenciales.

La ejecución de este estudio científico en Costa Rica responde, efectivamente, a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, mediante las cuales se exhorta a que todos los países conozcan la carga de enfermedad neumocóccica propia para de esta forma valorar la introducción de nuevas vacunas en los esquemas básicos de vacunación.  Además de lo anterior, es necesario resaltar que este proyecto en particular  cuenta con el apoyo de la Sociedad Latinoamérica de Infectología Pediátrica y la Sociedad Mundial de Infectología Pediátrica.

Costa Rica fue seleccionada, entre otros países, por ser uno de los países en los que no se cuenta con datos  científicos sobre la incidencia de la enfermedad neumocócica invasiva. Internacionalmente, este importante  estudio cuenta con el patrocinio de la empresa farmacéutica Wyeth Pharmaceuticals Inc. (http://www.wyeth.com/)  y consiste en un estudio multicéntrico en el que  participan además de Costa Rica, México, Colombia y Brasil.

El Instituto de Atención Pediátrica es un instituto dedicado a la investigación clínica en Costa Rica, que ha logrado acumular una gran experiencia en la investigación clínica en el área de la pediatría, con un amplio e impecable record nacional e internacional, que se ha responsabilizado de artículos científicos sometidos a discusiones internacionales y contribuyendo directa y efectivamente con el desarrollo de las ciencias médicas. En el desarrollo de un estudio clínico (ya sea en aquellos cuyo objeto sea el desarrollo de un nuevo medicamento o dentro de un estudio epidemiológico u observacional como el que nos ocupa en este caso), generalmente se cuente con la participación no sólo de la empresa Patrocinadora del estudio, sino también de entidades reguladoras, médicos, investigadores académicos y pacientes, así como también de organizaciones que se contratan para administrar y ejecutar la investigación localmente y que, en el caso de Costa Rica, regulatoriamente se identifican como “Institución Responsable del Estudio”.

Soley, Saborío & Asociados, por medio de su división de práctica Corporativa y de Propiedad Intelectual, participó en todo el proceso de negociación y apoyo legal para el IAP en el trámite regulatorio para alcanzar exitosamente las aprobaciones necesarias para el Estudio Monitoreo Epidemiológico Multinacional Latinoamericano para Enfermedad Neumocócica Invasiva, brindándole todos los servicios legales necesarios para la formalización de este proyecto. Los abogados Elías Soley Gutiérrez (esoley@lawfirmcr.com) y Emilia Saborío Pozuelo (esaborio@lawfirmcr.com) dirigieron al equipo de abogados que colaboraron en esta tarea.

Lo invitamos a visitar  www.lawfirmcr.com para mayor información acerca de Soley, Saborío & Asociados.

 

Febrero 2007

Nuevo miembro Grupo Jurídico Centroamericano


La organización centroamericana de abogados, Grupo Jurídico Centroamericano, con ocasión de su Asamblea Ordinaria del año 2007, formalizó la incorporación de su miembro para Guatemala, la Firma ROSENBERG, MARROQUÍN Y ASOCIADOS, S.C.

ROSENBERG, MARROQUÍN Y ASOCIADOS, S.C.  es una reconocida firma de abogados guatemalteca que se ha dedicado, por aproximadamente veinte años, a proporcionar servicios legales de alta calidad en la ciudad de Guatemala, Centro América.
"Grupo Jurídico Centroamericano" es una alianza profesional estratégica de Despachos de Abogados en los países centroamericanos. Esta organización, pionera en este tipo de servicios regionales,  se formó desde el año 1997,   en respuesta a las necesidades de asesoría legal de nuestros clientes en sus negocios en la región centroamericana.

Nuestro grupo profesional ha desarrollado diferentes áreas de práctica según las necesidades de empresas e individuos con la finalidad de brindar mayor valor agregado al servicio jurídico y ayudar en las operaciones de sus negocios, suministrando apoyo profesional en todos los aspectos legales en la región por medio de las firmas afiliadas al "Grupo Jurídico Centroamericano" en Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

El "Grupo Jurídico Centroamericano" ha logrado establecerse como una organización de confianza, proporcionando a sus clientes la oportunidad de coordinar sus negocios en toda la región a través de nuestras firmas afiliadas.

Actualmente el "Grupo Jurídico Centroamericano" lo componen las siguientes Firmas de Abogados:

 


Panamá:       Rivera, Bolívar Y Castañedas  (www.riveboca.com)
Costa Rica:   Soley, Saborío & Asociados (www.lawfirmcr.com)
Nicaragua:    Sánchez Cordero & Asociados (http://www.sanchezcorderolaw.com.ni)
Honduras:     Consultoría Jurídica Internacional Bufete Bográn & Asociados (http://www.conjurinter.com)
El Salvador:  Sáenz & Asociados  (http://www.saenzlaw.com )
Guatemala:   Rosenberg, Marroquín & Asociados, S.C. (http://www.rrmmp.com)


La naturaleza eficiente y estandarizada del servicio y el apoyo profesional de cada uno de nuestros miembros, como también la versatilidad garantizada de nuestro grupo, permite conducir nuestro trabajo en varias áreas de especialización como lo son: Contratación Administrativa, Comercio e Inversión Internacional, Derecho Corporativo, Propiedad Intelectual, Derecho Tributario, Aduanero, Bienes Raíces, entre otros. Todo esto lo ofrecemos resguardando los más altos niveles profesionales demandados por la dinámica actual de las empresas.

Información detallada sobre los miembros del "Grupo Jurídico Centroamericano" será proporcionada a solicitud. Para mas información los invitamos a consultar nuestra pagina en Internet www.lawfirmcr.com o a contactarnos a nuestra dirección electrónica central info@lawfirmcr.com

ENERO 2007
Empresa del sector mÉdico duplica su planta industrial  en Costa Rica

La compañía Arthrocare Corporation (www.arthrocare.com ), instalada en Costa Rica desde el 2002, inauguró en noviembre pasado la ampliación de su edificio industrial ubicado en el Centro Empresarial Global Park , en la provincia de Heredia. Con esta inversión ArthroCare  ha duplicado su espacio de producción en el país.

Arthrocare es una empresa que desarrolla, produce y comercializa tecnología utilizada para el tratamiento quirúrgico de tejidos, la mayor parte de este equipo es utilizado en operaciones de mucha precisión tales como las de espina dorsal, corazón, oído, hombro, garganta y nariz.

Según varios comunicados de prensa, la inversión adicional se estima en tres millones de dólares (Edición del Periódico El Financiero del 22-28 de enero 2007 - http://costarica.capitalfinanciero.com/edactual/actualidad962882.html ). Con esta ampliación se pretende satisfacer la producción de nuevas líneas recientemente incorporadas.

ArthroCare de Costa Rica, actualmente, le da empleo a más de 450 empleados y espera incrementar esta cifra en los próximos meses.

Soley, Saborío & Asociados, por medio de su división corporativa y de comercio internacional, participó ha participado en la asesoría del proyecto para Arthrocare Corporation desde que se tomó la decisión de invertir en Costa Rica, brindándole todos los servicios legales necesarios para establecerse y desarrollarse dentro del régimen de zona franca. Los abogados Elías Soley (esoley@lawfirmcr.com) y Emilia Saborío (esaborio@lawfirmcr.com) dirigieron al equipo de abogados que colaboraron en esta tarea.

MAYO 2006
OPERADORES DE TELECOMUNICACIONES DE COSTA RICA FIRMAN
CONTRATO CON GLOBAL CROSSING (NASDAQ: GLBC)

El pasado 4 de mayo del 2006, Global Crossing formalizó con la Institución Autónoma Operadora de telecomunicaciones de Costa Rica, ICE, y el proveedor de servicios de Internet, RACSA, los contratos de compra de capacidad y aterrizaje del cable submarino de Global Crossing que llegará a Costa Rica por la costa pacífica. Los principales medios de prensa costarricense destacaron la noticia.
Durante la firma del contrato, en una ceremonia celebrada en la sede central del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el señor José Antonio Ríos, Chief Administrative Officer (CAO) y presidente internacional de Global Crossing, anunció planes para expandir la red principal de su empresa a Costa Rica. Al ampliar el sistema Pan American Crossing (PAC) de Global Crossing -- que se extiende a lo largo de la costa occidental de América Central desde Panamá hasta Los Angeles -- a este país en el punto terrestre del cable Unquí en Esterillos, Costa Rica ahora tendrá acceso directo a la primera red IP global, que ofrece servicios en más de 600 ciudades de 60 países.
Global Crossing tiene una considerable presencia en América Latina y el Caribe, y oficinas y centros de operación en 12 de las principales ciudades de la región a través de sus sistemas de cables submarinos y terrestres. Global Crossing conecta eficientemente a América del Sur, México, América Central y el Caribe con el resto de su red global, ofreciendo servicios a sus clientes de todo el mundo. Costa Rica se conectará al sistema PAC que actualmente aterriza en Balboa, Panamá y en Grover Beach, California. Al haber concluido oficialmente su red regional en 2001, Global Crossing le presta servicio virtualmente a todas las operadoras principales de la región, así como a muchas de las compañías latinoamericanas prestigiosas, redes de investigación y educación y compañías globales que tienen operaciones en la región – incluyendo la firma latinoamericana más grande de construcción e ingeniería, Odebrecht; una de las principales aerolíneas de la región, Mexicana; y Banco Santander Internacional. Asimismo, Global Crossing anunció recientemente que estará realizando actualizaciones a su sistema Mid-Atlantic Crossing (MAC) el cual conecta Norteamérica con Latinoamérica a través del Caribe. Este último proyecto, también se realiza en respuesta directa al rápido crecimiento en la demanda de los clientes.   

Global Crossing (NASDAQ: GLBC) brinda soluciones de telecomunicaciones a través de la primera red global integrada de IP en el mundo. Su red principal conecta a más de 300 ciudades importantes y  30 países de todo el mundo y presta servicios a más de 600 ciudades y 60 países. El modelo global de ventas y soporte de la compañía corresponde a la presencia de la red y, al igual que la red, permite que los clientes de todo el mundo reciban siempre el mismo nivel de servicio.

Soley, Saborío & Asociados, por medio de su división corporativa, contratación administrativa y de telecomunicaciones, participó en la asesoría y negociación del contrato como Firma local de Global Crossing, brindándole todos los servicios legales necesarios para la formalización de este proyecto. Los abogados Elías Soley Gutiérrez (esoley@lawfirmcr.com) y Emilia Saborío Pozuelo (esaborio@lawfirmcr.com) dirigieron al equipo de abogados que colaboraron en esta tarea.
Lo invitamos a visitar  www.lawfirmcr.com para mayor información acerca de Soley, Saborío & Asociados.

 

OCTUBRE 2005
El CAFTA: un desafío más que una amenaza

Como si fueran pocos los problemas que hoy aquejan a nuestra sociedad,  la discusión pública que se ha desatado sobre el Tratado de Libre Comercio de Centroamérica y Rep. Dominicana con los EUA (conocido como DR - CAFTA  por sus siglas en ingles) pareciera que adolece de sustento por parte de aquellos que se declaran “opositores del TLC”, cuyo discurso nos parece estéril, ayuno de argumentos, con una alta dosis de demagogia, ignorante y contradictorio con la realidad del país y con el modelo de desarrollo que hemos seguido en las últimas décadas.

El DR-CAFTA no es un fin en sí mismo, no es la salvación de nadie ni tampoco la muerte. Este instrumento comercial constituye una herramienta para el desarrollo, un mecanismo para pavimentar el camino hacia la inserción de nuestro país en una economía globalizada, una herramienta - como muchas otras que se ofrecen en el entorno productivo nacional - que busca consolidar una gran zona de libre comercio que multiplicará las oportunidades de crecimiento de los sectores productivos.

La negociación del tratado fue dirigida por el Poder Ejecutivo (que es a quien le corresponde esa responsabilidad), contó con la participación del sector privado organizado y, lo más importante, responde al modelo de desarrollo que el país ha seguido y fortalecido desde la Administración Monge Álvarez, cuando se tomaron decisiones trascendentales para recuperar la situación económica del país, fortaleciendo las bases de lo que hoy representa el motor de nuestra economía, desarrollando un sector exportador no tradicional pujante, que ha generado miles de empleos directos; un reconocimiento al país como sitio seguro y estable para desarrollar inversiones, que se manifiesta con el crecimiento de “clusters” de alta tecnología, llenando de orgullo a operarios, técnicos y profesionales costarricenses que con su trabajo contribuyen a que el entorno productivo sea amigable a esta Inversión Extranjera Directa (IED).

Este modelo de desarrollo representa una iniciativa política seria, que ha mostrado consistencia y ha permitido crecer los sectores productivos, transfiriendo alta tecnología a nuestros técnicos y profesionales y motivando a diferentes sectores a especializarse para integrar verticalmente la economía a través del suministro de bienes y servicios de alta calidad que demanda esa IED.  Como todo, el sistema es mejorable y hace falta más compromiso y esfuerzo para alcanzar un nivel más atractivo; pero, precisamente, con el impulso de políticas consistentes con ese modelo de desarrollo es que se va a fortalecer la imagen de estabilidad y seguridad jurídica de nuestro entorno productivo y del clima de  inversión.

No obstante lo anterior, con mucha preocupación hemos visto las posturas asumidas por sectores de la política nacional que en su lucha por encontrar protagonismo se han aferrado a la idea de oponerse al DR-CAFTA, sin mayores argumentos y con una ligereza irresponsable. Nos cuestionamos ante esa incongruencia: Es que acaso estas personas no han podido interpretar adecuadamente que el modelo de desarrollo que ha seguido nuestro país es, precisamente, aquel que busca crear condiciones mas atractivas para la atracción de IED y fortalecimiento del sector exportador? ; será , acaso, que no se han dado cuenta que el Estado dejó de ser fuente de empleo hace muchos años y que hoy existe una clase trabajadora mas especializada, que ha encontrada el espacio para desarrollarse en el sector privado y necesita que el clima de inversión continúe fortaleciéndose para que el país siga siendo considerado como destino de IED y para que las inversiones actuales se consoliden y mantengan en el país?

Lo cierto es que estos instrumentos comerciales representan, en el mundo contemporáneo, una herramienta efectiva para brindar seguridad jurídica a los sectores productivos, para impulsar el crecimiento económico de los pueblos involucrados y que todo lo anterior redunda en un fortalecimiento del sistema democrático.

Señor Presidente Pacheco: Los que votaron por usted lo eligieron para gobernar. Los que no votaron por usted, respetuosos de la democracia, esperan también que usted gobierne responsablemente. Lo insto, con el respeto que usted merece, ha que en cumplimiento de su deber someta el DR-CAFTA al Poder Legislativo  y les de la oportunidad a los Diputados de discutir algo con seriedad y profundidad, para que también asuman su responsabilidad en un momento histórico para nuestro desarrollo como país.
De requerir mayor información sobre este tema por favor no dude en solicitarla a nuestra dirección central de correo electrónico info@lawfirmcr.com

 

ABRIL 2005 
“Se confirma exención del pago del impuesto municipal para empresas beneficiarias del Régimen de Zona Franca del Cantón Central de Heredia”

Por iniciativa del Alcalde de la Municipalidad del Cantón Central de Heredia, se presentó una consulta de fecha 22 de noviembre del 2004 ante la Procuraduría General de la República, con el objetivo de cobrar a las empresas beneficiarias del Régimen de Zona Franca instaladas en Heredia  el impuesto municipal.
Esta consulta motivó a varios de nuestros clientes instalados bajo el régimen de zona franca a solicitar el análisis jurídico de Soley, Saborío & Asociados), por medio de su división corporativa y de comercio internacional. Como parte de este esfuerzo, liderado por la Licda. Emilia Saborío (esaborio@lawfirmcr.com) se inicio un esfuerzo jurídico para demostrar, fundamentalmente, que el impuesto municipal del Cantón Central de Heredia fue creado por la Ley 6650 de 4 de setiembre de 1981, vigente parcialmente al día de hoy y por lo tanto, establecido con anterioridad a la promulgación de la Ley de Régimen de Zona Franca que establece la exoneración de impuestos municipales.
Al respecto, la Procuraduría General de la República, emitió el Dictamen C-087-2005 del pasado 1 de marzo en curso, disponiendo que las empresas ubicadas en el Cantón Central de Heredia, acogidas al Régimen de Zona Franca y con inicio de operaciones después de la promulgación de la Ley de Régimen de Zona Franca, “no se encuentran obligadas al pago del impuesto de patente municipal durante el plazo a que se refiere el inciso h) del artículo 20” de la Ley precitada. En este dictamen se hacen precisiones importantes que permiten dimensionar de manera apropiada el tema, confirmando las condiciones otorgadas a las empresas a las que se les ha autorizado el régimen de zona franca y contribuyendo a fortalecer la seguridad jurídica y el clima de inversión que requiere nuestro país para continuar siendo considerado un punto atractiva y considerable para la Inversión Extranjera Directa (IED).
De requerir mayor información sobre este tema por favor no dude en solicitarla a nuestra dirección central de correo electrónico info@lawfirmcr.com

AGOSTO 2002
Nueva empresa del sector mÉdico inaugura oficialmente su planta industrial  en Costa Rica 

La compañía Arthrocare Corporation, cuya casa matriz se encuentra en Sunnyville, California, ha establecido su operación en nuestro país brindándole empleo a más de 75 costarricenses. La inauguración oficial de su planta industrial se celebró el pasado 30 de julio.

Arthrocare Corporation es una empresa que desarrolla, produce y comercializa tecnología utilizada para el tratamiento quirúrgico de tejidos, la mayor parte de este equipo es utilizado en operaciones de mucha precisión tales como las de espina dorsal, corazón, oído, garganta y nariz.

Según varios comunicados de prensa, la inversión inicial se estimó en mas de 2 millones de dólares; la planta de manufactura está ubicada en el Parque Industrial Zona Franca, GLOBAL PARK, en la provincia de Heredia.

La casa matriz de la empresa se encuentra en Sunnyville, California y varios analistas esperan que Arthrocare Corporation incremente sus ventas en un 30% al finalizar este año 2001, dada esta situación la compañía es una potencial candidata para ser adquirida por empresas grandes del sector médico, especialmente del área ortopédica.

Para el año 2000 esta empresa registró ventas de US $67.6 millones y más de 270 empleados.

Costa Rica fue elegido entre países como Irlanda, México y Singapur y sus representantes esperan que la planta en el país sea muy superior a la de California, esto porque reconocen la mano de obra hábil y capacitada con la que contarán.

Entre otras ventajas que ofrece el país sus representantes señalaron la disponibilidad de profesionales en el área, las experiencias de reconocidas empresas como Abbott, Baxter y McKhan y la habilidad y destrezas de la mano de obra costarricense.  También indicaron la importancia de algunos suplidores locales que colaborarán en el proceso productivo que se desarrollará en el país.

En repetidas ocasiones se ha mencionado que con la atracción de este tipo de empresas se refuerza el hecho de que Costa Rica cada vez está más cerca de formar un “cluster” de alta tecnología en el campo de dispositivos médicos.

Soley, Saborío & Asociados, por medio de su división corporativa y de comercio internacional, participó en la asesoría del proyecto para Arthrocare Corporation desde que se tomó la decisión de invertir en Costa Rica, brindándole todos los servicios legales necesarios para establecerse dentro del régimen de zona franca y negociar con los diferentes proveedores y  entidades gubernamentales lo necesario para garantizar su operación. Los abogados Elías Soley (esoley@lawfirmcr.com) y Emilia Saborío (esaborio@lawfirmcr.com) dirigieron al equipo de abogados que colaboraron en esta tarea

Si usted necesita contactar nuestro equipo de práctica del Área de Telecomunicaciones, por favor envíenos su correo electrónico a nuestra dirección principal info@lawfirmcr.com